La política de seguridad y salud en el trabajo es la hoja con la que la dirección de la empresa se compromete por escrito. Es corta, va firmada y se cuelga a la vista. Por eso se suele hacer en cinco minutos con un modelo, y por eso mismo es fácil que no cumpla lo que pide la ley.
Los cinco compromisos mínimos
El artículo 23 de la Ley 29783 fija lo que la política debe incluir como mínimo:
| Compromiso | Qué significa en la práctica |
|---|---|
| a) Proteger la seguridad y salud de todos los miembros de la organización | Prevenir lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo. |
| b) Cumplir los requisitos legales | Las normas de SST, los programas voluntarios, la negociación colectiva y lo demás que la empresa haya suscrito. |
| c) Consultar a los trabajadores y hacerlos participar | En todos los elementos del sistema de gestión, junto con sus representantes. |
| d) Mejorar continuamente | El desempeño del sistema de gestión de SST. |
| e) Integrar el sistema | Que el sistema de SST sea compatible con los otros sistemas de gestión de la empresa, o esté integrado en ellos. |
Cómo debe estar escrita
El artículo 22 de la ley pide que la política:
- Sea específica para la organización y apropiada a su tamaño y a la naturaleza de sus actividades.
- Sea concisa y clara, esté fechada y firmada por el empleador o por el representante de mayor rango con responsabilidad en la organización.
- Esté difundida y sea fácilmente accesible a todas las personas en el lugar de trabajo.
- Se actualice periódicamente y se ponga a disposición de las partes interesadas externas, según corresponda.
La misma ley dice que el empleador la expone por escrito en consulta con los trabajadores y sus representantes. Conviene dejar constancia de esa consulta, por ejemplo en el acta del comité de SST.
Dónde va
La política y los objetivos de SST se exhiben en un lugar visible del centro de trabajo (artículo 32 del reglamento, el D.S. 005-2012-TR). El reglamento manda exhibir también la identificación de peligros y evaluación de riesgos, y la ley, el mapa de riesgos. Si tiene varias sedes, conviene exhibirla en cada una.
También forma parte del reglamento interno de SST: su estructura mínima incluye «liderazgo, compromisos y la política de seguridad y salud».
El modelo oficial
El Anexo 2 de la R.M. 050-2013-TR, el modelo de reglamento interno, trae un texto de política. Habla de fomentar una cultura de prevención, de proteger a todos los miembros de la organización previniendo lesiones, dolencias, enfermedades e incidentes, de prevenir los riesgos locativos, mecánicos, físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales, de cumplir los requisitos legales y de promover la participación de los trabajadores.
Sirve como punto de partida, pero la ley pide una política específica. Una forma simple de adaptarlo: nombrar los riesgos principales de su actividad, los que salen de su matriz IPERC, en lugar de la lista genérica.
Errores frecuentes
- Sin fecha o sin firma. La ley exige las dos.
- Copiada de otra empresa, con riesgos que su actividad no tiene.
- Falta uno de los cinco compromisos. El que más se olvida es el de integrarla con los otros sistemas de gestión.
- Guardada en una carpeta en lugar de exhibida.
- Nunca revisada. Si cambió la actividad o la dirección, se actualiza.
Preguntas frecuentes
¿Qué debe contener la política de SST?
Como mínimo, cinco compromisos (artículo 23 de la Ley 29783): proteger la seguridad y salud de todos previniendo lesiones, enfermedades e incidentes; cumplir los requisitos legales; consultar y hacer participar a los trabajadores; mejorar continuamente el sistema; e integrarlo con los demás sistemas de gestión.
¿Quién firma la política de SST?
El empleador o el representante de mayor rango con responsabilidad en la organización (artículo 22 b) de la ley). Además debe estar fechada.
¿Hay que exhibir la política de SST?
Sí. El artículo 32 del reglamento dice que la política y objetivos de SST se exhiben en un lugar visible del centro de trabajo.
¿Se puede usar una política modelo?
La ley pide que sea específica para la organización y apropiada a su tamaño y a sus actividades. El modelo del Anexo 2 de la R.M. 050-2013-TR sirve de referencia, pero debe adaptarse.
Fuentes
- Ley 29783, artículos 22 a 24 (gob.pe)
- D.S. 005-2012-TR, artículo 32 (gob.pe)
- R.M. 050-2013-TR, Anexo 2: modelo de política en el reglamento interno (gob.pe)
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